jueves, 24 de abril de 2008

Por qué no se respeta la Constitución en España

El periodista Julio Camba ya avizoraba el motivo en su artículo "El sentido constitucional", que forma parte de la serie incluida en "Haciendo de República", del año 1934.

El sentido constitucional - Julio Camba

INGLATERRA NO tiene Constitución. Hay quien pretende que la Magna Charta, el Bill of Rights o el Act of Settlement equivalen a una Constitución; pero la verdad es que el Parlamento inglés podría abolir mañana mismo cualquiera de estos Códigos o los tres juntos en unas Cortes ordinarias sin que semejante medida fuera susceptible de interpretarse como un acto anticonstitucional. En rigor, si el Parlamento quiere, nada le impide poner al propio rey de patitas en la calle, así como el rey, a su vez, puede, cuando se le antoje, suprimir la institución llamada Parlamento. En Inglaterra no hay actos anticonstitucionales por la razón sencillísima de que los ingleses carecen de Constitución. La frase British constitution se usa mucho, es cierto, en las Comisarías de Londres, pero únicamente para determinar hasta qué punto ha entorpecido el whisky la prosodia de los detenidos. En cuanto a los constitutional walks (paseos constitucionales) de que hablan tanto los ingleses, sería un error confundirlos con estos paseos de las ciudades españolas que ahora se llaman de la Constitución y antes se denominaban de Alfonso XII o de Primo de Rivera. Para un inglés no hay más constitución que la individual y fisiológica, y al decir un paseo constitucional, lo único que quiere significar el hijo de la rubia de Albión es, sencillamente, un paseo higiénico. En realidad, hasta el sustantivo paseo se suprime, por regla general, suponiéndolo implícito en el adjetivo.
I go for my constitutional (Voy a dar mi constitucional) -dice simplemente el inglés.
Y todo el mundo lo entiende. Lo constitucional en Inglaterra ha pasado a ser sinónimo de lo pedestre, o, por si esta palabra pudiera parecer peyorativa, de lo ambulatorio y peripatético, como diría quien yo me sé. En suma, que, prácticamente, se refiere tan sólo al acto de pasear.

Sí, señores. Inglaterra no tiene Constitución. No hay un documento ni una colección de documentos que pueda nadie tomar en su mano y decir: “Aquí está la Constitución británica.” ¿Que cómo se las arreglan entonces los ingleses? ¿Pero es que ustedes han tomado en serio a los diputados de nuestras Cortes constituyentes cuando les decían que sin Constitución no hay manera humana de vivir, y que como ellos eran los únicos capacitados para hacernos una, teníamos que mantenerlos en el Congreso hasta que la diesen por terminada, so pena de un cataclismo nacional? Más difícil que vivir sin Constitución me parece a mí vivir sin dinero, y ello no obstante, los españoles vamos tirando todavía, a pesar del estado verdaderamente desastroso en que se encuentran nuestras haciendas.

Los ingleses no tienen Constitución, ni la necesitan, porque tienen, en cambio, lo que un notable tratadista llama “sentido constitucional”. Por nuestra parte, nosotros tenemos una Constitución; pero como carecemos de sentido constitucional, es, poco más o menos, igual que si no la tuviésemos.

Este sentido constitucional se podría definir como una equivalente política del sentimiento de caballerosidad. En una reunión de personas realmente caballerosas, ¿qué falta hacen las leyes ni los guardias llamados a imponerlas? Y, por el contrario, ¿de qué le sirve a uno toda la legislación de lo criminal ni toda la Guardia Civil cuando los azares de la vida le han llevado a jugar a las cartas con una partida de fulleros?

Y claro que las Cortes constituyentes no podían crear en el pueblo este sentimiento constitucional del que, probablemente, carecían ellas mismas; pero yo, en vez de una Constitución con artículos, lo que hubiese hecho es una Constitución con rayas. “Hasta aquí pueden llegar los Gobiernos en su atropello de los ciudadanos” -diría sobre algunas rayas-, “Hasta aquí -se leería sobre otras- pueden llegar los ciudadanos a atropellar a los Gobiernos.” Y como esta Constitución gráfica no hubiese tenido que pasar a manos de una Comisión de estilo, tendría, por lo menos, la enorme ventaja de la claridad.

2 comentarios:

  1. A ver qué hago yo ahora con mi ejemplar de la Constitución Española, con perdón.

    Porque los muebles de casa los tengo perfectamente calzados...

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  2. ”(…) comparados con británicos y neozelandeses -que no tienen ninguna Constitución- o con los Estados Unidos de América -que todavía se rigen por su bicentenaria Constitución de 1787-, las naciones latinas en general y las hispanas en particular concentramos más del 40 % de la producción constitucional de la historia mundial del derecho.
    Teniendo en cuenta que México fue la primera colonia hispanoamericana que consiguió su independencia en 1813 -aunque argentinos y chilenos presuman de haberla proclamado en 1810-, uno comprueba perplejo que en menos de doscientos años España y los países latinoamericanos acumulamos un total de 403 textos constitucionales o de índole constitucional, lo que significa que a cada uno de los 193 países del planeta le tocarían dos constituciones en español, y todavía quedarían diecisiete para los que pudieran surgir”. (Fernando Iwasaki)

    (vía Ana Nuño)
    http://elpandemonium.tumblr.com/post/18714664092/por-que-los-latinos-somos-y-siempre-seremos-tercer

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